Preguntas Frecuentes

GENERALES

La Norma de Control de Calidad (NCC) aplica a todos los Contadores Públicos, a través de sus firmas o como practicantes en lo individual, que desempeñan auditorías y revisiones de información financiera, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados sin importar su tamaño o estructura.

Sin embargo, la Federación Internacional de Contadores (IFAC) ha emitido una “Guía de Control de Calidad para pequeñas y medianas firmas de auditoría”, la cual fue traducida y difundida por la Vicepresidencia de Calidad de la Práctica Profesional del IMCP, la cual puede ser consultada para saber más sobre cómo establecer procedimientos simplificados de control de calidad, pero sin dejar de cumplirlos como lo establece la NCC.

Esta guía se puede obtener en la siguiente liga (agregar liga que lleve al documento GUÍA DE CONTROL DE CALIDAD PARA PEQUEÑAS Y MEDIANAS FIRMAS DE AUDITORÍA)

El procedimiento de revisión de control de calidad es igual y consistente para cualquier firma, independientemente del volumen de actividad que haya tenido durante el año sujeto a revisión. Se estima en su caso, que el proceso de revisión sea más simple o tome menos tiempo de ejecución, pero aplicando los cuestionarios de revisión en su totalidad.

Se debe ingresar al Sistema de la NRCC através de la siguiente liga:  https://sistema-nrcc.imcp.org.mx. En la ventana de ingreso hay una leyenda que dice: “Ingrese aquí para registrar una Nueva Firma y obtener su cuenta”. Se abrirá una pantalla solicitando los datos básicos de la Firma o Profesional los cuales deben ser enviados con la opción Crear Usuario. La Firma recibirá posteriormente un correo electrónico con la conifrmación de su alta y se deberá ingresar al Sistema para completar el resto de la información que solicita.

Posteriormente, se deberá cumplir con el envío de la manifestación de cumplimiento con la Norma de Control de Calidad a más tardar el 30 de junio de cada año.

El acceso al Sistema de la NRCC es através de la siguiente liga:  https://sistema-nrcc.imcp.org.mx

Para recuperar la contraseña, ingresar a la página del Sistema y en la ventana de ingreso seleccionar la opción Recuperar Contraseña Clic Aquí. En la mayoría de los casos el usuario es el RFC de la Firma; se debe capturar esa información y seleccionar la opción Recuperar Contraseña Posteriormente, el sistema notificará que la contraseña se enviará al correo electrónico que proporcionó al momento de registrar su Firma. Es importante mencionar que después de tres intentos fallidos para ingresar al sistema, por seguridad del registro de la Firma, se bloquea el usuario, en cuyo caso se deberá solicitar su desbloqueo en contacto.nrcc@imcp.org.mx

Le recordamos que para facilitar la funcionalidad del Sistema de la NRCC se sugiere utilizar el programa Google Chrome o Mozilla Firefox.

En una revisión de control de calidad el equipo revisor debe cumplir con los requisitos que menciona el Código de Ética emitido por el IMCP, relativos a la confidencialidad, independencia, cuidado y diligencia profesional.

Por otra parte, la Firma revisada sabe quiénes conforman el equipo revisor desde antes de establecer la fecha de la revisión, por lo que si hubiera un asunto de independencia o de conflicto de interés, la firma lo comunicará a la CAC. Asimimso, los miembros del equipo revisor pueden reportar una situación similar a la CAC en cunato son asignados a alguna revisón.

El equipo revisor será nombrado por la CAC y siempre se asignará un equipo de la localidad de la Firma o razonablemente cercano a esta. Solo en caso que la Firma solicite que el equipo revisor sea de otra localidad, esta deberá cubrir los gastos de traslado y estancia del equipo revisor durante la revisión.

La forma de desvirtuar las deficiencias deberá realizarse en el momento de la visita de revisión y en ningún caso en un momento posterior. Si la Firma cuenta con la evidencia necesaria para desvirtuarla, deberá poresentarla en ese momento, de lo contrario, cualquier acción posterior se considerará parte del “Plan de remediación” que la Firma debe establecer por escrito al conlcuir la revisión para que estas sean solventadas o prevenidas.

Se notificará a la Junta de Honor de la Federada a la que pertenezca el Director General de la Firma o Profesional individual, y el socio podrá ser excluido temporalmente del IMCP hasta en tanto no presente o complete dicho plan de remediación a satisfacción de la CTC.

Norma de Control de Calidad (NCC)

La NCC es aplicable de manera obligatoria para los trabajos contratados a partir del 01 de enero de 2010.

Tiene como objeto establecer las normas para que las Firmas cuenten con un sistema de control de calidad que les proporcione una seguridad razonable que:

  • La Firma y su personal cumplen con las normas profesionales y los requisitos regulatorios y legales.
  • Los informes emitidos por los socios responsables de los trabajos, son apropiados en las circunstancias.

La NCC es aplicable a las firmas de Contadores Públicos (afiliados al IMCP) que desempeñan auditorías y revisiones de información financiera, trabajos para atestiguar y otros servicios relacionados.